Aprobación de crédito en el Marco de la Ley Provincial Nº 2870: Azcarate, Javier Andrés

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VISTO:

             La Ley Provincial Nº 2870, su Decreto Reglamentario, la Ordenanza Nº 1/20016  y el acta Nº13 del Consejo Productivo Local;

           Las facultades otorgadas por la Ley N° 1597, “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” a este Concejo Deliberante y,

CONSIDERANDO:

            Que, con fecha 17 de febrero de 2016, el Municipio de Toay se adhirió mediante Resolución Nº 76/2016, Ad Referendum del Concejo Deliberante, a la Ley Provincial Nº 2870, de Promoción Económica.

            Que, bajo Ordenanza Nº 1/2016, se ratificó la Resolución Ad referéndum mencionada en el considerando anterior.

            Que, asimismo se creó el Consejo Productivo Local, que intervendrá en todos los trámites cuyo objeto sea la  financiación de proyectos productivos, en el marco de la Ley Nº 2870.

Que, con fecha 26 de mayo del 2016 se requirió a la Comuna el inicio de las actuaciones formales ante el Ministerio de Desarrollo Territorial para el otorgamiento de los “PRESTAMOS EN CONDICIONES DE FOMENTO” con afectación al “FONDO PROVINCIAL PARA LA PROMOCIÓN ECONOMICA”.

Que, con fecha 22 de Marzo de 2017, se reunió el Consejo Productivo Local evaluando y aprobando el Proyecto presentado por el Sr. Javier Andrés Azcarate, por un monto de Pesos Quinientos Mil ($500.000) para la terminación de la construcción del lugar de trabajo y adquisición herramientas para metalúrgica.

Que, como afianzamiento del crédito otorgado, se ofrecieron como garantías personales a los Sres. Manuel Azcarate DNI 13.666.896 y Juan Ramón García DNI 29.921.916.  

Que, fue tratado y aprobado sobre tablas en Sesión Ordinaria de fecha 30 de Marzo de 2017, constando en Acta N° 02-2017 de este Concejo Deliberante,

Que, es facultad del Concejo Deliberante sancionar la legislación relacionada  a la autorización de la contratación de empréstitos, conforme lo establece el artículo 36º inciso 42) de la Ley Provincial N° 1597;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Aprobar la toma del préstamo por el monto de Pesos Quinientos Mil ($500.000) a favor del  Sr. Javier Andrés Azcarate, DNI 21.035.698, para la terminación de la construcción del lugar de trabajo y adquisición herramientas para metalúrgica, en el Marco de la Ley Provincial Nº 2870 y su Decreto Reglamentario. 

Artículo 2º: Formalizar como garantía personal del  Sr. Javier Andrés Azcarate, al Sr. Manuel Azcarate DNI 13.666.896 y  al Sr. Juan Ramón García DNI 29.921.916, quienes responderán ante la Municipalidad de Toay  por un monto de Pesos Quinientos Mil ($ 500.000).      

Artículo 3º): Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.-

                                                                     Toay, La Pampa, 31 de Marzo de 2017.

ORDENANZA N° 05/2017- GESTIÓN 2015-2019