Regularización dominial de sobrante municipal Jorge Rambur

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VISTO:

La Ordenanza Nº 42/94 de éste Cuerpo Deliberativo; la nota enviada por el Sr. Jorge  Oscar RAMBUR (DNI 12.877.316) de fecha 3 de Junio de 2014, y las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento Nº 1597; y

 

CONSIDERANDO:

                                                                                                       

Que, mediante Ordenanza Nº 42/94 éste Cuerpo Deliberativo declaró de Interés y Utilidad Pública la parcela 34, de la Quinta 12, Radio l, Circunscripción IV, Ejido 046, a los fines de destinarla al emplazamiento de calle pública, llevándose adelante la respectiva inscripción registral a favor de este Municipio;

Que, materialmente se ha afectado a calle solo una parte de dicha parcela, por lo que surgía un remanente, y que -a mayor abundamiento-, surge del Acta de este Concejo Deliberante del día 6 de noviembre de 1996, que se autorizaba al Sr. Jorge RAMBUR a anexar dicho remanente a la parcela que se encuentra contigua a esta, Nro. 35 y que también es de su propiedad;

Que posteriormente se inscribió, en la Dirección General de Catastro de la Provincia de La Pampa, el correspondiente “Plano de Mensura Particular de División y Posterior Unificación”, de las parcelas 35 y 46, por el cual se subdivide la citada parcela 34, afectando una parte a calle pública y con el remanente se forma la parcela 46, que por sus escasas dimensiones debe anexarse a la parcela contigua Nro. 35;

Que luego el Sr. Jorge RAMBUR, mediante nota del día 3 de Junio de 2014. se presenta ante este Cuerpo Deliberativo solicitando se autorice la cesión de la parcela 46, autorizando al Departamento Ejecutivo a suscribir la correspondiente Escritura Pública traslativa de dominio;

Que el Despacho emitido por la Comisión Administrativa y de Reglamentación, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 7 de Agosto de 2014, constando en Acta Nº 11 del Concejo Deliberante;

Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º:Apruébase la cesión a título gratuito de la Parcela Nro. 46 de la Quinta 12, Radio I, Circunscripción IV, de éste Ejido Municipal 046, al Sr. Jorge Oscar RAMBUR (DNI 12.877.316).-

Artículo 2º:La totalidad de los gastos, honorarios y demás cargos que irrogue la escritura

traslativa de dominio del inmueble cedido estará exclusivamente a cargo del beneficiario.-

Artículo 3º: Autorizar al Señor Intendente Municipal y al Señor Secretario  de  Hacienda y Finanzas a suscribir la escritura traslativa de dominio respectiva.-

Artículo 4º:Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 7 de Agosto de 2014.-

ORDENANZA Nº 17/2014 - GESTIÓN 2011 – 2015