Aprobar el Anteproyecto de "Ampliación del área de cobertura del Servicio de Alumbrado Pùblico".

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VISTO:

            La necesidad de realizar una Obra de Ampliación de Alumbrado Público en nuestra Ciudad, la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento y;

CONSIDERANDO:

            Que, se trata de una obra que beneficiará a una gran cantidad de vecinos, arraigados en el sector, y un gran avance para la Ciudad en general,

            Que, el Poder Ejecutivo Municipal elevó una nota al Gerente General de la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada con el fin de solicitar la obra en cuestión,

            Que, en respuesta la Cooperativa presentó el Anteproyecto para la ampliación del área de cobertura del servicio de alumbrado público en la Ciudad de Toay con el correspondiente presupuesto,

           Que, la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada se encuentra en condiciones técnicas y con disponibilidad de mano de obra calificada para llevar a cabo este emprendimiento,

            Que, una vez concretada la obra se solicitará el recupero de un 50% de la obra que se realice en la cantidad de cuotas mensuales y consecutivas que resulten necesarias en función de los vecinos aportantes del sector directamente beneficiado, bajo la modalidad de contribución de mejoras y serán incluidas en la facturación de los Servicios de Tasas Municipales,

          Que, fue aprobado, por unanimidad, despacho de las comisiones Administrativa y Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, en Sesión Especial del día 05 de Diciembre de 2017, constando en Acta N° 21/2017.

          Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

 EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Aprobar el Anteproyecto de “Ampliación del área de cobertura del Servicio de Alumbrado Público” en nuestra Ciudad, el cual fue realizado por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, según plano que se adjunta al Proyecto de Ordenanza.

Artículo 2°: Declarar de Interés Público la Obra de Ampliación de Alumbrado Público citada en el artículo precedente.

Artículo 3°: Declarar Pago Obligatorio para los frentistas que se encuentran beneficiados directamente a partir de la finalización de la obra y hasta cubrir el 50% del costo.

Artículo 4°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Convenio con la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada para llevar adelante la mencionada obra el cual se adjunta y forma parte del Proyecto de Ordenanza.

Artículo 5°: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a incluir en la facturación del Servicio de Tasas Municipales la contribución de mejoras correspondientes al monto del 50% de la obra realizada.

Artículo 6º):  Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, 06 de Diciembre de 2017

ORDENANZA 49/2017 GESTIÓN 2015 – 2019