Expresar el rechazo de la decisión del Gobierno Nacional a la quita de Pensiones

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VISTO:           

           La decisión del Poder Ejecutivo Nacional de quitar pensiones no contributivas a personas discapacitadas; la Resolución N° 30/17 del Concejo Deliberante de General Pico y la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento y;

CONSIDERANDO:

                 Que, la aplicación del decreto 432/97 viola los principios de la “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad” y que por Ley N° 27.044, aprobada en noviembre de 2014, tiene jerarquía  constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional;

                 Que, se explicó la decisión en la necesidad de controlar las asignaciones otorgadas debido a que el entrecruzamiento de datos había demostrado que muchas familias a lo largo y ancho del país disponían de más de un “beneficio”;

             

                 Que, por tanto había que recortar a discreción porque todo el sistema estaba bajo sospecha: los y las discapacitados no eran tales, el estudio psico-socio ambiental llevado a cabo por trabajadores sociales y psicólogos era dudoso y que además, la certificación que establece el 76% de discapacidad de una persona que es firmada por los médicos, bajo declaración jurada, podía estar truchada.

          Que, este Concejo no comparte el tomar medidas discriminatorias, principalmente aquellas que puedan afectar los sectores más vulnerables de la sociedad

          Que, el Despacho de la Comisión de Desarrollo Social y Humano, fue aprobado por unanimidad, el Sesión Ordinaria del día 03 de Agosto de 2017, constando en Acta N° 10/2017;

           Que, es facultad del Concejo Deliberante el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE TOAY

RESUELVE

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Artículo 1º: Expresar el rechazo de la decisión del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Desarrollo Social, de haber implementado en forma masiva e indiscriminada, la quita de pensiones no contributivas a personas con discapacidad.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

   Toay, La Pampa, 04 de Agosto de 2017

RESOLUCIÓN Nº 19/2017 GESTION 2015-2019