Autorizar trabajo en el Autódromo.

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VISTO:

La Nota N°168/2011, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que ese Departamento Ejecutivo Municipal ha recibido la Nota N°60/11 presentada por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia;

Que a través del Decreto P.E.P. N° 1163/11 en virtud de la Cláusula Tercera in fine del Convenio de Colaboración Administrativa aprobado por Ordenanza N°69/10, la Provincia ha aportado fondos para trabajos relacionados con el Autódromo Provincial, sumas de carácter no reintegrable que habrán de ser destinadas a conformar un equipo técnico de alta aptitud para la especificidad y complejidad que requiere el control de la citada obra;

Que tal equipo tendrá como objetivo suministrar todo informe necesario y requerido para que el Municipio ejerza la potestad de contralor de obra que le compete y, paralelamente, reportar a La Provincia documentación técnica de base, a utilizar por la Dirección General de Obras Públicas en el control y seguimiento de obra que efectúa desde su perspectiva contractual;

Que con objeto de establecer cada honorario fijo e inamovible por la prestación de servicios requerida para el lapso de 6 meses de obra, es dable tomar como pauta de referencia –por la índole del trabajo y responsabilidad a asumir- como tope para la suma de todas las contrataciones, la mitad del honorario fijado para el Representante Técnico de las empresas contratistas, que según Artículo 54 de la ley Provincial 1163, asciende según al 1% del monto de la totalidad de las obras; asignando una suma del orden del 50% para la jefatura del equipo y el remanente prorrateado entre las tareas de topografía y laboratorio;

Que asimismo, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos ha recomendado a los postulantes para la contratación aludida, en atención a la especialización técnica y reconocida capacidad de cada uno, siendo pasible su contratación con encuadre legal en el inc. h del Artículo 2 de la Ordenanza N°39/05

Que el Despacho emitido por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 07.07.11, constando en Acta Nº16;

Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente Ordenanza,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a contratar, con encuadre legal el inc. h del Artículo 2 de la Ordenanza N°39/05, el control, seguimiento y supervisión técnica de la obra a emplazarse en el inmueble designado catastralmente como Sección II, Fracción D, Lote 22, Parcelas 84 y 85; Partidas 649.826 y 559.751, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 11 Julio de 2011.

ORDENANZA 33/11 - GESTIÓN 2007 / 2011

ANEXO I – ORDENANZA N°33/2011

NÓMINA DE CONTRATACIÓNES PARA CONTROL DE OBRAS DEL AUTÓDROMO PROVINCIAL TOAY.

FUNCIÓN/PUESTO

MONTO

PLAZO

ADJUDICTARIO

Jefatura de Supervisión y Control Técnico

$ 138.900 + IVA

(PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS más IVA)

6 meses

Ing. OLIVERO

Agrimensura y Topografía

$ 12.000 x mes

(PESOS DOCE MIL MENSUALES)

impuestos incluidos por mes

6 meses

Agr. Juan José LAFUENTE.-

DNI 16.974.329

Laboratorio

$ 12.000 x mes

(PESOS DOCE MIL MENSUALES)

impuestos incluidos por mes

6 meses

Ricardo Oscar GONZÁLEZ DNI 10.919.633

MODELO DE CONTRATO A CELEBRAR

/// Entre LA MUNICIPALIDAD DE TOAY, con domicilio legal en calle

9 de Julio Nº 514 Toay, La Pampa, representada en este acto por el Señor Intendente, CPN Raúl Ariel Rojas, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte y por la otra el ________________________________________DNI Nº ______________ , con domicilio legal en _________________________ de la ciudad de _________________________; en adelante "EL CONTRATISTA DE SUPEVISIÓN TÉCNICA", convienen celebrar el presente Contrato con sujeción a las siguientes cláusulas:-------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: "EL CONTRATISTA SUPERVISIÓN TÉCNICA deberá ejecutar los trabajos correspondientes al área de “Topografía” en el marco del equipo técnico conformado por “LA MUNICIPALIDAD” para la supervisión de las obras componentes del “AUTÓDROMO PROVINCIAL – TOAY”; y entregar a "LA MUNICIPALIDAD” la totalidad de la documentación emergente de tal tarea.-------------------------------

SEGUNDA: PRESTACIÓN DEL SERVICIO:EL CONTRATISTA SUPERVISIÓN TÉCNICA - TOPOGRAFÍA" se compromete a ejecutar su labor en forma permanente en la obra emplazada en el inmueble Sección II, Fracción D, Lote 22, Parcelas 84 y 85; Partidas 649.826 y 559.75, durante las jornadas donde se lleven a cabo tareas propias de la construcción. La prestación de sus servicios profesionales lo será con independencia técnica en el ámbito de su profesión y dependencia funcional y jerárquica respecto del Ingeniero contratado para ejercer la “Jefatura de Supervisión”, de quien recibirá la ordenes de trabajo y a través de quien canalizará su comunicación con "LA MUNICIPALIDAD".- La inobservancias o mora en el cumplimiento de las órdenes impartidas por el superior jerárquico, la incomparecencia reiterada e injustificada al predio y/o conductas desajustadas o impropias respecto de la ejecución de este contrato serán causales de rescisión del mismo sin derecho a indemnización.-------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN Y MONTO: "LA MUNICIPALIDAD" pagará por la prestación de los servicios profesionales objeto del presente contrato, la suma de PESOS ___________ MENSUALES ($__.000,00 x MES.-) IMPUESTOS INCLUIDOS, que serán abonados del día 1 al 5 de cada mes, luego de la aprobación de cada informe mensual de la supervisión técnica del cual su labor formará parte integrante.--------------------

La suma precitada será comprensiva de todo tributo, imposición o gravamen correspondiendo al EL CONTRATISTA SUPERVISIÓN TÉCNICA - TOPOGRAFÍA" abonar la parte proporcional de impuesto de sellos que por este instrumento, los aportes profesionales pertinentes y toda suma que según su situación fiscal sea menester oblar.--------------------------------------------------------------------------------------"LA MUNICIPALIDAD" no reconocerá importe alguno en concepto de gastos ni viáticos, de ninguna índole y por ningún concepto.----------------------------------------------------------------------------------

CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución de este Contrato será de SEIS (6) MESES CORRIDOS y tendrá vigencia a partir de la fecha del presente de suscripción. En caso de suspensión o paralización de obra por más de 30 días corridos, EL CONTRATISTA SUPERVISIÓN TÉCNICA - TOPOGRAFÍA" tendrá derecho a resolver el contrato con liquidación de los haberes devengados hasta dicha fecha.---------------------------------------------------------

QUINTA: PROPIEDAD INTELECTUAL: EL CONTRATISTA SUPERVISIÓN TÉCNICA - TOPOGRAFÍA" cede a "LA MUNICIPALIDAD" todos los derechos inherentes a la propiedad intelectual que pudieren corresponderle sobre los trabajos que realice. La cesión de derechos no permitirá a "EL CONTRATISTA DE SUPERVISIÓN" ninguna utilización de los trabajos sin la previa autorización de "LA MUNICIPALIDAD".---------------------------------------------

SÉXTA: TRIBUNALES COMPETENTES y NORMATIVA APLICABLE: Para todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la Jurisdicción de los Tribunales competentes en la Provincia de La Pampa, haciendo expresa renuncia al Fuero Federal y constituyendo domicilios especiales en los lugares indicados precedentemente. La presente contratación se encuadra en lo estipulado en la ordenanza 39/05, Artículo 2 Inc. h) y se rige subsidiariamente por la Ley Provincial N° 3 “De Contabilidad” y sus modificatorias; y el Decreto-Acuerdo 470/73 y sus modificatorios.-------------------------------------------------------------

En prueba de Conformidad, se firman 2 ejemplares del mismo tener y a un solo efecto, en la localidad de Toay, Provincia de La Pampa, a los días del mes de de 2011.