Convenio Uso de inmueble para la colocación de residuos especiales
VISTO:
La Nota N° 62/2014 elevada por el Departamento Ejecutivo; el Convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Omar Ángel JUBETE y las facultades que otorga la Ley N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento a los Concejos Deliberante; y
CONSIDERANDO:
Que a través de dicha nota, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la aprobación del convenio marco suscripto entre el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Omar A. JUBETE, por el cual éste le cede el uso a la Municipalidad de un predio designado catastralmente como Ejido 046, Circunscripción I, Chacra 16 A, Parcela 4, Partida 560.852.-
Que el Municipio deberá destinar el uso de dicho inmueble únicamente para el Depósito de Residuos Especiales, No Habituales contemplados en el Artículo 5 de la Ordenanza 3/2013.-
Que dicho convenio no contempla contraprestación alguna al propietario del inmueble, a excepción del pago de los servicios y de las obras y señalamientos necesarios para el funcionamiento del predio y la responsabilidad de éste Municipio por los daños y perjuicios que afecten al personal y/o a terceros.-
Que resulta una facultad incuestionable de este cuerpo deliberativo, aprobar los convenios que suscriba el Departamento Ejecutivo, en cuanto afecte los recursos, el patrimonio y/o la facultad de contralor de este Municipio, tal como da cuenta el Dictamen del Asesor Letrado Delegado de la Subsecretaria de Ecología.-
Que el Despacho emitido por la Comisión Administrativa y de Reglamentación, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 15 de Abril de 2014, constando en Acta Nº 4 del Concejo Deliberante;
Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º: Aprobar el convenio marco suscripto entre el Sr. Intendente Municipal y el Sr. Omar A. JUBETE, el que forma parte de la presente, incorporado como Anexo I.-
Artículo 2º:La presente aprobación queda condicionada al dictamen favorable que realicen los organismos técnicos dependientes de la Subsecretaría de Ecología de la provincia de La
Pampa, respecto del impacto ambiental y/o otras consecuencias nocivas para el medio ambiente y/o las personas.-
Artículo 3º:El Departamento Ejecutivo una vez concluido el trámite respectivo deberá
informar a este Concejo respecto de la efectiva concreción del convenio, que por la presente se autoriza.-
Artículo 4º:Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 15 de Abril de 2014.-
ORDENANZA Nº 7/2014 - GESTIÓN 2011 – 2015