Presupuesto para el Ejercicio 2015
VISTO:
La Nota N°308/2014 presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal y las facultades que otorga la Ley 1597 Orgánica de Municipalidades y comisiones de Fomento y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2015,
Que es necesario dotar a la comuna del instrumento legal que le permita su desenvolvimiento en el cumplimiento de sus funciones,
Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo un Proyecto donde consta una estimación de los recursos y un presupuesto de gastos para el corriente año,
Que resulta necesario implementar las medidas adecuadas a los efectos que la gestión municipal se desenvuelva dentro del marco legal que corresponde,
Que conforme al artículo 37º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” corresponde al Concejo Deliberante el tratamiento y sanción de la respectiva ordenanza,
Que el Despacho emitido por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 14 de Mayo de 2015, constando en Acta Nº 6 del Concejo Deliberante;
Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º: Estímanse los Recursos para el Ejercicio 2015 en la suma de Pesos Setenta Millones Novecientos Treinta y Un Mil Cincuenta y Cuatro con Noventa y Cinco Centavos ($ 70.931.054,95) y fíjanse las Erogaciones en la suma de Pesos Setenta Millones Novecientos Treinta y Un Mil Cincuenta y Cuatro con Noventa y Cinco Centavos ($ 70.931.054,95) según detalle de los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º: Fíjanse en Ciento Noventa y Cinco (195) el número de cargos totales, discriminados de la siguiente forma:
Departamento Ejecutivo |
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Funcionarios |
7 |
|
Planta Permanente |
123 |
|
Contratados Resolución Nº 65/2013 |
21 |
|
PIL / Entrenamiento |
33 |
|
Concejo Deliberante |
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Funcionarios |
9 |
|
Planta Permanente |
1 |
|
PIL / Entrenamiento |
1 |
La desagregación completa se encuentra en el Anexo III-A.
Fijar el sueldo del Intendente equiparado al de Director General (de la Provincia) y el resto de los porcentajes (de los Funcionarios, Ejecutivos y Deliberativos, contenidos en la Planilla de Escala Salarial) son calculados y ajustados automáticamente, conforme las variaciones de los haberes del Intendente Municipal.
Artículo 3º:Autorízase al Departamento Ejecutivo, con comunicación cuatrimestral al Concejo Deliberante, a disponer reestructuraciones y/o modificaciones presupuestarias dentro de los totales de erogaciones previstos, realizar incorporaciones de recursos y/o financiamiento e incorporar remanentes, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 70º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 4º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 14 de Mayo de 2015.-
ORDENANZA Nº 10/2015 - GESTIÓN 2011 - 2015