Ratificar Resoluciòn Municipal Ad Referendum del Concejo deliberante: ORGANIGRAMA
VISTO:
La Nota Nro 43/2016 punto 1 elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal; y las facultades de éste Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que a través de dicha nota, el Departamento Ejecutivo Municipal solicita la aprobación de la Resolución Municipal Nº 237/2015 (Gestión 2011-2015) sobre Estructura Organizativa realizada Ad Referendum del Concejo Deliberante.
Que la Resolución mencionada fue realizada mientras este Concejo se encontraba en receso, en virtud de lo normado en el Artículo 67 Inc. 9 de la Ley Nº 1597.
Que la mencionada Resolución Municipal fue analizada y se justifica la causa de urgencia que ameritaba el dictado de la norma, no existiendo cuestiones de fondo que se opongan a la sanción de la presente Ordenanza.
Que el despacho de la Comisión Administrativa y de Reglamentación la cual aconseja por UNANIMIDAD su aprobación, constando en Acta Nº 3 del Concejo Deliberante.
Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º: Ratificar la Resolución Municipal Nº 237/2015 realizada Ad Referendum de este Concejo Deliberante, la cual se anexa a la presente.
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 11 de Abril de 2016.-
ORDENANZA Nº 6/2016 - GESTIÓN 2015 - 2019