Presupuesto 2016
VISTO:
La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2016, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a la comuna del instrumento legal que le permita su desenvolvimiento en el cumplimiento de sus funciones,
Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo un Proyecto donde consta una estimación de los recursos y un presupuesto de gastos para el corriente año,
Que resulta necesario implementar las medidas adecuadas a los efectos que la gestión municipal se desenvuelva dentro del marco legal que corresponde,
Que conforme al artículo 37º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” corresponde al Concejo Deliberante el tratamiento y sanción de la respectiva ordenanza,
Que el Despacho emitido por la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 02 de Junio de 2016, constando en Acta Nº 7 del Concejo Deliberante;
Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º): Estímanse los Recursos para el Ejercicio 2016 en la suma de Pesos Ochenta y Cuatro Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil Setecientos Once con Veintinueve Centavos ($ 84.583.711,29) y fíjanse las Erogaciones en la suma de Pesos Ochenta y Cuatro Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil Setecientos Once con Veintinueve Centavos ($ 84.583.711,29) según detalle de los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º): Fíjanse en Doscientos Ocho (208) el número de cargos totales, discriminados de la siguiente forma:
Departamento Ejecutivo |
||
Funcionarios |
10 |
|
Planta Permanente |
107 |
|
Contratados Resolución Nº 65/2013 |
32 |
|
PM / Programa Municipal |
45 |
|
PIL / Entrenamiento |
2 |
|
Concejo Deliberante |
||
Funcionarios |
9 |
|
Planta Permanente |
2 |
|
PM / Programa Municipal |
1 |
La desagregación completa se encuentra en el Anexo III-A.
Fijar el sueldo del Intendente equiparado al de Director General (de la Provincia) y el resto de los porcentajes (de los Funcionarios, Ejecutivos y Deliberativos, contenidos en la Planilla de Escala Salarial) son calculados y ajustados automáticamente, conforme las variaciones de los haberes del Intendente Municipal.
Artículo 3º): Autorízase al Departamento Ejecutivo, con comunicación cuatrimestral al Concejo Deliberante, a disponer reestructuraciones y/o modificaciones presupuestarias dentro de los totales de erogaciones previstos, realizar incorporaciones de recursos y/o financiamiento e incorporar remanentes, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 70º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 4º): Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 03 de Junio de 2016
ORDENANZA Nº 21/2016 - GESTIÓN 2015 - 2019