Donar de Terrenos para Viviendas al I.P.A.V
VISTO:
La necesidad de continuar con la construcción de viviendas sociales en nuestra ciudad en atención a la gran demanda de vecinos que se encuentran inscriptos para acceder a una vivienda propia; y
CONSIDERANDO:
Que, en la construcción de viviendas, no solo se atiende la demanda habitacional sino que, a su vez, se generan fuentes de trabajo genuino para la población,
Que, a los efectos de proyectar la construcción de nuevas viviendas es necesario donar inmuebles, propiedad de este Municipio, que cumplan con los requisitos de ubicación, medidas y condiciones, de los programas de viviendas del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda,
Que, por lo expuesto anteriormente, se propone la donación de los inmuebles denominados catastralmente como:
- Ejido 046, Circunscripción I, Radio g, Manzana 62B,
Parcela: 3 - Partida 781076
Parcela: 4 - Partida 781077
Parcela: 5 - Partida 781078
Parcela: 6 - Partida 781079
Parcela: 12 -Partida 781084
Parcela: 13 -Partida 781085
Parcela: 14 -Partida 781086
Parcela: 15 -Partida 781087
Parcela: 16 -Partida 781088
Parcela: 17 -Partida 781089
Que el despacho emitido por las Comisiones Administrativa y de Reglamentación fue aprobado por unanimidad de los presentes, en Sesión Especial del día 22 de Junio de 2016 constando en Acta Nº 9 del Concejo Deliberante.
Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo Nº1°: Donar a favor del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (I.P.A.V.) los inmuebles denominados catastralmente como:
- Ejido 046, Circunscripción I, Radio g, Manzana 62B,
Parcela: 3 - Partida 781076
Parcela: 4 - Partida 781077
Parcela: 5 - Partida 781078
Parcela: 6 - Partida 781079
Parcela: 12 -Partida 781084
Parcela: 13 -Partida 781085
Parcela: 14 -Partida 781086
Parcela: 15 -Partida 781087
Parcela: 16 -Partida 781088
Parcela: 17 -Partida 781089.
Artículo Nº2°: Los inmuebles mencionados en el artículo precedente serán destinados a la construcción de viviendas sociales.
Artículo Nº3:Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 22 de Junio de 2016.-
ORDENANZA Nº 27/2016 - GESTIÓN 2015 - 2019