Presupuesto Ejercicio 2017
VISTO:
La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2017, las facultades otorgadas por la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dotar a la comuna del instrumento legal que le permita su desenvolvimiento en el cumplimiento de sus funciones;
Que, el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo un Proyecto donde consta una estimación de los recursos y un presupuesto de gastos para el corriente año;
Que, resulta necesario implementar las medidas adecuadas a los efectos que la gestión municipal se desenvuelva dentro del marco legal que corresponde;
Que, conforme al artículo 37º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” corresponde al Concejo Deliberante el tratamiento y sanción de la respectiva ordenanza,
Que fue tratado sobre tablas y aprobado por unanimidad en Sesión Especial del día 29 de Diciembre de 2016, constando en Acta Nº 22 del Concejo Deliberante;
Que es facultad de este Organismo al dictado de la presente;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
--------------------------------------------------------
Artículo 1º): Estímanse los Recursos para el Ejercicio 2017 en la suma de Pesos Ciento Quince Millones Doscientos Veinticinco Mil Doscientos Treinta con Ochenta y Cinco Centavos ($ 115.225.230,85) y fíjanse las Erogaciones en la suma de Pesos Ciento Quince Millones Doscientos Veinticinco Mil Doscientos Treinta con Ochenta y Cinco Centavos ($ 115.225.230,85) según detalle de los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º): Fíjanse en Doscientos Treinta y Cinco (235) el número de cargos totales, discriminados de la siguiente forma:
Departamento Ejecutivo | ||
Funcionarios | 13 | |
Planta Permanente | 112 | |
Contratados Resolución Nº 65/2013 | 45 | |
PM / Programa Municipal | 51 | |
PIL / Entrenamiento | 2 | |
Concejo Deliberante | ||
Funcionarios | 9 | |
Planta Permanente | 2 | |
PM / Programa Municipal | 1 |
La desagregación completa se encuentra en el Anexo III-A.
Fijar el sueldo del Intendente equiparado al de Director General (de la Provincia) y el resto de los porcentajes (de los Funcionarios, Ejecutivos y Deliberativos, contenidos en la Planilla de Escala Salarial) son calculados y ajustados automáticamente, conforme las variaciones de los haberes del Intendente Municipal.
Artículo 3º): Autorízase al Departamento Ejecutivo, con comunicación cuatrimestral al Concejo Deliberante, a disponer reestructuraciones y/o modificaciones presupuestarias dentro de los totales de erogaciones previstos, realizar incorporaciones de recursos y/o financiamiento e incorporar remanentes, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 70º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 4º): Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 29 de Diciembre de 2016
ORDENANZA Nº 65/2016 - GESTIÓN 2015 - 2019