Denominación de arterias de la ciudad de Toay: Loteos Altos del Kämal.

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VISTO:

        Nota N° 241/2017 del Departamento Ejecutivo Municipal y las facultades que otorga la Ley NO 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento a los concejos Deliberantes; y

CONSIDERANDO:

            Que, se hace necesario nominar las calles que se han generado recientemente en el loteo denominado Altos del Kamäll, Ejido 046 Circunscripción I Chacra 23 Parcela 18 Partida 617373;

          Que, este Cuerpo Deliberativo ha decidido continuar con el lineamiento de las calles adyacentes y denominarlas con nombres de especies nativas;

          Que, se hace necesario renombrar la calle MAMULL MAPÚ (País del monte o Región del Caldenal), continuación de Moreno, desde 13 de Caballería a F. Lehr, que por Ordenanza N° 40/2013, en su artículo 5°, le asigna este nombre y ya había sido asignado anteriormente por Ordenanza 34/06, a una calle de Villa Emilio;

          Que, en Sesión Ordinaria del día 12 de Octubre de 2017, se aprueba por unanimidad despacho de Comisión Administrativa y de Reglamentación constando en Acta N° 17/2017;

         Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente.

       

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: : Denominar con el nombre de CARDO RUSO a la calle paralela y siguiente a Alpataco.

Denominar con el nombre de ROSETA, a la calle paralela e inmediata, a Algarrobo

Denominar con el nombre de PAPA DEL MONTE, a la calle paralela e inmediata a Flor Amarilla.

Denominar con el nombre de FLOR AMARILLA, a la calle entre Olivillo y Flechilla.

Denominar con el nombre de OLIVILLO a la calle entre Papa del Monte y Flor Amarilla.

Denominar con el nombre de ABRE PUÑO a la calle paralela inmediata a Calle F Lehr.

Denominar con el nombre de ALFILERILLO a la calle, entre Cardo Ruso y Alpataco.

Denominar con el nombre de FLECHILLA a la calle, paralela a Flor Amarilla y Roseta.

Artículo 2°: Derogar Artículo 5° de la Ordenanza 40/2013.

Artículo 3º: Denominar con el nombre de CLARO EN EL MONTE a la calle continuación de Moreno, desde 13 de Caballería a F.Lehr.

Artículo 4º:  Realícese la señalización de las mismas con la colocación de carteles.

Artículo 5°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, 13 de Octubre de 2017

ORDENANZA 33/2017 GESTIÓN 2015 – 2019