Aprobar la Cuenta de Inversión del Ejercio Económico Financiero 2016.
VISTO:
Nota N° 49/2017 y el Artículo 39°, Título II, Capítulo I, Sección Tercera de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el citado texto legal, en su primera parte establece que “corresponde al Concejo Deliberante aprobar o rechazar la cuenta de inversión del ejercicio anterior, la que será presentada por el Departamento Ejecutivo antes del 31 de Marzo de cada año”;
Que, se ha tenido especial atención a lo dispuesto por la contaduría General de la Provincia, en relación al artículo 1° -in fine- de la Ley 930 “Introduciendo modificaciones a la Ley N° 3 de Contabilidad”, por el cual se establece que dicho organismo dictará las normas y modelo para la preparación de la Cuenta de Inversión;
Que, se han observado los criterios estadísticos científicos, racionales, ciertos, probables obtenidos de una forma lógica y verificados en su contrastación con la realidad, como así también razonamientos de observación, verificación, formulación y resolución de hipótesis;
Que, el despacho de Hacienda, Presupuesto y Cuentas fue aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria del día 12 de Octubre de 2017 constando en Acta N° 17/2017;
Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º: : Aprobar la CUENTA DE INVERSIÓN del Ejercicio Económico Financiero 2016, conforme lo estatuido por el artículo 39° de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 2°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.
Toay, 13 de Octubre de 2017
ORDENANZA 34/2017 GESTIÓN 2015 – 2019