Adhiérase la Muncipalidad de Toay a la Ley Provincial Nº 2826: reduccion del consumo de sodio en la población. Derogar la Ordenanza 47/2013
VISTO:
La Ley Provincial N° 2826, la Ordenanza N° 47/2013 y las facultades que otorga la Ley N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza 47/2013 estableció la prohibición de ofrecer saleros, sobres y/o cualquier otro objeto que permita el uso discrecional de sal por parte del consumidor en las mesas de bares, restaurantes, pubs y en todos los comercios de venta de comidas de la ciudad, excepto que el comensal lo requiera;
Que, se ha demostrado que la iniciativa “Menos Sal, Más Vida” ha logrado reducir 1 gramo el consumo de sal por habitante por día, lo que equivale a haber evitado en los próximos 10 años aproximadamente 19.000 muertes.
Que, la Organización Mundial de la Salud recomienda que el consumo medio de sal por día se alrededor de los 5 gramos.
Que, disminuir el consumo de sal en la población ha disminuido la incidencia de enfermedad coronaria, infarto de miocardio y accidente cerebrovascular en más del 20%, además de disminuir la mortalidad.
Que, la provincia de La Pampa mediante Ley Nº 2826 publicada en el Boletín oficial el día 09 de enero de 2015, se adhirió a la Legislación Nacional Nº 26905, que promueve la reducción del consumo de sodio en la población.
Que, el despacho de la comisión de Desarrollo Social y Humano, fue aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria del día 24 de Noviembre de 2017, constando en Acta N° 20/2017;
Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º Derogar Ordenanza 47/2013 de este Concejo Deliberante.
Articulo 2°: Adhiérase la Municipalidad de Toay a la Ley Provincial Nº2826.-
Artículo 3°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.
Toay, 24 de Noviembre de 2017
ORDENANZA 45/2017 GESTIÓN 2015 – 2019