Plan de Regularización de Derecho de Construccion, Derecho de Aprobación y Multa 2018.

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Anexo I

 

 

PLAN DE REGULARIZACIÓN DE

DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN,

DERECHOS DE APROBACIÓN Y MULTAS 2018

VISTO:

El informe realizado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en relación a los contribuyentes que registran deuda vencida impaga en concepto de Derechos de Construcción, Derechos de Aprobación y Multas,

La necesidad de contar con modalidades que nos permitan el recupero de los Derechos y Multas calculadas y que a la fecha no han sido debidamente ingresadas en las arcas municipales, la Ley Provincial 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” y;

CONSIDERANDO:

Que por tal motivo debemos contar con un sistema de acogimientos a planes de facilidades de pago, como así también efectuar un efectivo seguimiento del cumplimiento del mismo, otorgando un máximo de cuotas impagas antes de decretar su caducidad y cobro por la vía judicial,

Que se cuenta con la experiencia suficiente para la implementación de este tipo de trabajos, ya que se han realizado distintos planes,

Que el rescate de dinero redundará en una mayor recaudación genuina de Derechos y Multas,

Que el nuevo “Plan de Regularización” que es objeto del presente tratamiento se adecuará a las tasas de interés, reducciones y cuotas que se condigan con la realidad financiera actual, añadiéndole beneficios a los contribuyentes que concurran en forma temprana,

Que el presente plan debe no sólo contener una fecha de inicio sino también una que indique la finalización para el acogimiento,

Que deberán rediseñarse los circuitos administrativos por los cuales atraviesa la normativa a realizar, tanto en materia de formularios, lugares de recepción, plazos de entrega, papeles de trabajo auxiliares y respaldatorios, recursos humanos, autorizaciones de acceso y para firmar documentación por cuenta y orden del Municipio y todo otro asunto relacionado,

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 28 de Marzo de 2018, constando en Acta N°03/2018;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º): Implementar a partir del día 3 de Abril de 2018 y hasta el 30 de Noviembre de 2018 (ambas fechas inclusive) dentro del ámbito de la Municipalidad de Toay, un “Plan de Regularización de Derechos de Construcción, Derechos de Aprobación y Multas” destinado al recupero de las obligaciones vencidas impagas de los contribuyentes de las zonas Urbana y Quintas.

  1. Establecer la determinación del monto de la deuda a regularizar conforme a los siguientes procedimientos:

Monto histórico

Será el resultante de la sumatoria de los importes históricos notificados oportunamente.

Interés

Será el resultante de la sumatoria de los intereses informados por el sistema informático a la fecha del acogimiento al presente plan.

Pago a Cuenta y Derechos de Oficina

El Pago a Cuenta, también llamado “Entrega” a cuenta de mayor cantidad o simplemente “Cuota 0”, se utilizará cuando el contribuyente solicite realizar un pago por una determinada cantidad de dinero y el resto del monto acordado se pactará conforme con alguno de los Planes disponibles.

Los Derechos de Oficina se incorporarán automáticamente al monto total del plan elegido y se fijará en la suma de Pesos Doscientos ($ 200,00), con lo cual se estima cubrir el gasto administrativo inherente a la realización del trámite, siempre relacionado con la papelería y efectos de oficina.

  1. A efectos de la adhesión a la presente, el contribuyente deberá pactar con el municipio un plan de pago dentro de los que a continuación se enumeran:

Plan A

Exclusivo para el pago de la totalidad de la deuda en una (1) cuota ó Pago Contado, con una reducción del treinta por ciento (30%) del total.

La fórmula para la determinación del importe es la siguiente:

{(Monto histórico + Interés) * (-30%)) + (Derechos de Oficina)}

Plan B

Exclusivo para el pago de la totalidad de la deuda entre dos (2) y diez (10) cuotas, con una reducción del veinte por ciento (20%) del total.

La fórmula para la determinación del importe de cada cuota es la siguiente:

{((Monto histórico + Interés) * (-20%)) + (Derechos de Oficina) – (Anticipo)} / (Cantidad de cuotas)

Plan C

Exclusivo para el pago de la totalidad de la deuda entre once (11) y dieciocho (18) cuotas, con una reducción del quince por ciento (15%) del total.

La fórmula para la determinación del importe de cada cuota es la siguiente:

{((Monto histórico + Interés) * (-15%)) + (Derechos de Oficina) – (Anticipo)} / (Cantidad de cuotas)

Plan D

Exclusivo para el pago de la totalidad de la deuda entre diecinueve (19) y veinticuatro (24) cuotas, con una reducción del diez por ciento (10%) del total.

La fórmula para la determinación del importe de cada cuota es la siguiente:

{((Monto histórico + Interés) * (-10%)) + (Derechos de Oficina) – (Anticipo)} / (Cantidad de cuotas)

Plan E

Exclusivo para el pago de la totalidad de la deuda entre veinticinco (25) y treinta y seis (36) cuotas, con una reducción del cinco por ciento (5%) del total.

La fórmula para la determinación del importe de cada cuota es la siguiente:

{((Monto histórico + Interés) * (-5%)) + (Derechos de Oficina) – (Anticipo)} / (Cantidad de cuotas)

Resumen

A los efectos de una mejor comprensión de los planes que por la presente se proponen, a continuación se exponen los mismos en la siguiente tabla:

Plan

Cantidad de Cuotas

Reducción del total

A

1

30 %

B

2 a 10

20 %

C

11 a 18

15 %

D

19 a 24

10 %

E

25 a 36

5 %

Características

Realizada la opción de cualesquiera de los planes, la primera cuota (ya sea la cuota 0 o la cuota 1) deberá ser abonada al momento de adherirse al respectivo plan.

Monto mínimo por cuota

El valor mínimo por cuota será de Pesos Doscientos ($ 200,00).

Particularidades

  1. Las cuotas que se pacten según lo convenido en los planes enumerados en el inciso b) de este artículo, vencerán los días diez (10) de cada mes o el día hábil inmediato siguiente si aquel fuera inhábil. La falta de pago en término hará incurrir al deudor en mora siendo de aplicación los intereses por pago fuera de término que fija el Departamento Ejecutivo para la mora por tasas retributivas de servicios.

  1. Se firmarán dos (2) ejemplares del convenio y al contribuyente se le entregará una copia del mismo más la chequera impresa con la totalidad de las cuotas a abonar. Asimismo, el personal de Tesorería (Caja) informará de forma diaria al Sector de Obras Particulares sobre los comprobantes de pago de convenios que se efectivicen.

  1. Serán incorporados al presente “Plan de Facilidades de Pago” todos aquellos contribuyentes que presenten deuda de Derechos de Construcción, Derechos de Aprobación y Multas, dispuestas por esta Municipalidad hasta el día 30 de Noviembre de 2018 inclusive, con las salvedades del inciso g).

  1. Los planes de facilidades de pago que registren tres (3) cuotas impagas, caducarán pasando la gestión de su cobro a la vía judicial, en las condiciones y plazos que determine el Departamento Ejecutivo.

  1. Quedarán excluidos del presente, las presentaciones por Obra a construir y Futuro ingresadas dentro de la vigencia de esta Ordenanza y (en consecuencia) deberá abonarlo a valores normales.

Artículo 2º): Implementar un índice de bonificación por fecha temprana, siempre en relación al momento histórico en el cual realice el Convenio por el Plan de Facilidades de Pago establecido en el artículo precedente.

La variable “Monto a Pagar” contenida dentro las distintas fórmulas, se verá incrementada conforme el mes calendario en el cual formalice.

Mes calendario 2018

Bonificación por fecha temprana

Abril

20,00%

Mayo

17,00%

Junio

15,00%

Julio

11,00%

Agosto

9,00%

Septiembre

7,00%

Octubre

5,00%

Noviembre

3,00%

El Análisis Multidimensional (cubos dinámicos) se agrega como Anexo I y forma parte integrante de la presente.

Artículo 3º): Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.

Toay, 03 de Abril de 2018

ORDENANZA 01/2018 - GESTIÓN 2015 – 2019