Libre disponibilidad de Regalías 

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VISTO:

La Nota N° 34/2018 del Departamento Ejecutivo Municipal, La Ley Provincial N°2899, la Ordenanza N°23/2016, la Ordenanza N°61/2016 y las facultades que otorga la Ley Provincial 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Provincial N°2899/16 promulgada mediante Decreto N°899/16 modifica el artículo 3° de la Ley 2392 modificado por la Ley 2691, en el cual les otorga a los Concejos Deliberantes de cada Municipio la facultad de determinar parámetros de las sumas destinadas por la Ley de Regalías en forma anual,

Que, mediante la Ordenanza N°23/2016 sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad adhiere a la norma provincial y autoriza al Municipio a disponer del 100% de lo coparticipado de recursos provenientes de la Ley de Regalías durante el año 2016 y mediante Ordenanza N°61/2016 autoriza su disposición para el año 2017, para erogaciones corrientes o rentas generales,

Que, la solicitud fue tratada sobre tablas y aprobada por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 28 de Marzo de 2018, constando en Acta Nº 3 del Concejo Deliberante;

Que, es facultad de este Organismo al dictado de la presente,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer durante el año 2018 el 100% de las sumas coparticipadas provenientes de los recursos de “Regalías y/o participación en la Producción de Hidrocarburos, de los permisos de exploración y/o concesiones de explotación otorgadas por el Gobierno Nacional o Provincial”, para erogaciones corrientes o rentas generales.-

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 03 de Abril de 2018

ORDENANZA Nº 06/2018 - GESTIÓN 2015 - 2019