Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la construcción de una Estación de Servicos para expendio de combustible: Derogar las Ordenanzas N°36/2013 y 02/2015
VISTO:
La Nota N° 51/2018 del Departamento Ejecutivo Municipal y la Ley Provincial N° 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”;
CONSIDERANDO:
Que, el crecimiento demográfico de los últimos años ha impulsado el desarrollo del parque automotor vigente, en nuestra ciudad;
Que, se observa que una sola estación de servicios no basta para satisfacer la demanda del consumo de combustibles;
Que, existe un manifiesto desinterés de inversores privados con el objeto de ampliar la cantidad de bocas de expendio o la extensión en el horario de atención al público acentuando de ésta manera la deficiencia en el suministro de combustibles;
Que, el Municipio cuenta con un inmueble en 13 de Caballería Este y O’Higgins;
Que, el inmueble mencionado proviene de la donación con cargo para la Construcción de un playón Deportivo, tal como lo menciona la Ordenanza 32/2013, Cargo que se ha cumplido.
Que, mediante Nota N° 51/2018 el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización para llevar a cabo la obra de construcción de una Estación de Servicios para expendio de combustible;
Que, en la mencionada nota hace referencia a la deficiencia del uso del Playón Deportivo en este lugar, y propone el traslado, con toda su infraestructura y denominación a otro lugar de la ciudad, donde cumpla el objetivo de su creación;
Que, fue aprobado por unanimidad el despacho de las comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y de Reglamentación, en Sesión Ordinaria del día 12 de Abril de 2018 constando en Acta N° 4/2018.
Que, es facultad de este Organismo al dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1°: Deróguense las Ordenanzas N° 36/2013 y N° 02/2015.
Artículo 2°: Autorízar al Departamento Ejecutivo Municipal a la construcción de una Estación de Servicios para expendio de combustible, en el predio ubicado en 13 de Caballería Este y O’Higgins, denominado catastralmente como Ejido 046, Circunscripción I, Radio i, Manzana 58, Parcela 5.
Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.
Toay, La Pampa, 12 de Abril de 2018
ORDENANZA Nº 07/2018 - GESTIÓN 2015 - 2019