Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la construcción de una Estación de Servicos para expendio de combustible: Derogar las Ordenanzas N°36/2013 y 02/2015

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VISTO:

La Nota N° 51/2018 del Departamento Ejecutivo Municipal y la Ley Provincial N° 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”;

CONSIDERANDO:

Que, el crecimiento demográfico de los últimos años ha impulsado el desarrollo del parque automotor vigente, en nuestra ciudad;

Que, se observa que una sola estación de servicios no basta para satisfacer la demanda del consumo de combustibles;

Que, existe un manifiesto desinterés de inversores privados con el objeto de ampliar la cantidad de bocas de expendio o la extensión en el horario de atención al público acentuando de ésta manera la deficiencia en el suministro de combustibles;

Que, el Municipio cuenta con un inmueble en 13 de Caballería Este y O’Higgins;

Que, el inmueble mencionado proviene de la donación con cargo para la Construcción de un playón Deportivo, tal como lo menciona la Ordenanza 32/2013, Cargo que se ha cumplido.

Que, mediante Nota N° 51/2018 el Departamento Ejecutivo Municipal solicita autorización para llevar a cabo la obra de construcción de una Estación de Servicios para expendio de combustible;

Que, en la mencionada nota hace referencia a la deficiencia del uso del Playón Deportivo en este lugar, y propone el traslado, con toda su infraestructura y denominación a otro lugar de la ciudad, donde cumpla el objetivo de su creación;

Que, fue aprobado por unanimidad el despacho de las comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y de Reglamentación, en Sesión Ordinaria del día 12 de Abril de 2018 constando en Acta N° 4/2018.

Que, es facultad de este Organismo al dictado de la presente,

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1°: Deróguense las Ordenanzas N° 36/2013 y N° 02/2015.

Artículo 2°: Autorízar al Departamento Ejecutivo Municipal a la construcción de una Estación de Servicios para expendio de combustible, en el predio ubicado en 13 de Caballería Este y O’Higgins, denominado catastralmente como Ejido 046, Circunscripción I, Radio i, Manzana 58, Parcela 5.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Promulgación, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: Archívese.

Toay, La Pampa, 12 de Abril de 2018

ORDENANZA Nº 07/2018 - GESTIÓN 2015 - 2019