Adherir a la Ley N° 3139.promulgada por el Poder Ejecutivo mediante decreto N°4959/18 del día 26 de Diciembre de 2018.

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VISTO:

La Ley Provincial N° 3139 y las facultades que otorga la Ley Provincial N° 1597 Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento; y

CONSIDERANDO:

Que esta municipalidad adhirió a la Ley Provincial N° 2870 a través de la Resolución ad Referéndum N° 76/2016 ratificada por la Ordenanza N° 1/2017;

Que la Ley Provincial N° 3139 suspende los pagos de capital de los créditos otorgados mediante la Ley 2870 Titulo IX, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019;

Que varios beneficiarios de los créditos han manifestado su deseo de acogerse al beneficio de la Ley N° 3139;

Que, fue aprobado, sobre tablas por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza, en Sesión Ordinaria, del día 25 de Abril de 2019, constando en Acta N°04/2019;

Que, es facultad de este Organismo el dictado de la presente;

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

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Artículo 1º: Adherir a la ley N° 3139 promulgada por el Poder Ejecutivo mediante decreto N° 4959/18 del día 26 de Diciembre de 2018.

Artículo 2º: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.-

Toay, La Pampa, 26 Abril de 2019

ORDENANZA 39/2019 - GESTIÓN 2015 – 2019