Presupuesto para el Ejercicio 2020 .
PRESUPUESTO 2020
VISTO:
La necesidad de establecer el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2020, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a la comuna del instrumento legal que le permita su desenvolvimiento en el cumplimiento de sus funciones,
Que el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Cuerpo un Proyecto donde consta una estimación de los recursos y un presupuesto de gastos para el corriente año,
Que resulta necesario implementar las medidas adecuadas a los efectos que la gestión municipal se desenvuelva dentro del marco legal que corresponde,
Que conforme al artículo 37º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” corresponde al Concejo Deliberante el tratamiento y sanción de la respectiva ordenanza,
Que, en Sesión Especial del día 07 de Enero de 2020 se aprobó por unanimidad el Despacho de las comisiones Hacienda, Presupuesto y Cuentas, Administrativa y de Reglamentación y Desarrollo Social y Humano, constando en Acta N° 01/2020;
Que es facultad de este Concejo Deliberante el dictado de la presente
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
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Artículo 1º): Estímanse los Recursos para el Ejercicio 2020 en la suma de Pesos Cuatrocientos Setenta Millones Trescientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Dos con Un Centavo ($ 470.369.782,01) y fíjanse las Erogaciones en la suma de Pesos Cuatrocientos Setenta Millones Trescientos Sesenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Dos con Un Centavo ($ 470.369.782,01) según detalle de los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2º): Fíjanse en Doscientos Sesenta y Siete (267) el número de cargos totales, discriminados de la siguiente forma:
Departamento Ejecutivo |
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Funcionarios |
21 |
|
Planta Permanente |
150 |
|
Contratados Resolución Nº 65/2013 |
42 |
|
PM / Programa Municipal |
42 |
|
Concejo Deliberante |
||
Funcionarios |
9 |
|
Planta Permanente |
2 |
|
PM / Programa Municipal |
1 |
La desagregación completa se encuentra en el Anexo III-A.
Fijar el sueldo del Intendente equiparado al de Director General (de la Provincia) y el resto de los porcentajes (de los Funcionarios, Ejecutivos y Deliberativos, contenidos en la Planilla de Escala Salarial) son calculados y ajustados automáticamente, conforme las variaciones de los haberes del Intendente Municipal
Artículo 3º): Autorízase al Departamento Ejecutivo, con comunicación cuatrimestral al Concejo Deliberante, a disponer reestructuraciones y/o modificaciones presupuestarias dentro de los totales de erogaciones previstos, realizar incorporaciones de recursos y/o financiamiento e incorporar remanentes, en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 70º de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”.
Artículo 4°: Pase al Departamento Ejecutivo para su Conocimiento, Comuníquese, Publíquese y Cumplido: ARCHÍVESE.
Toay, La Pampa, 07 de Enero de 2020.
ORDENANZA 02/2020 - GESTIÓN 2019 – 2023