Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal Evaluar Ampliación de la Red de Agua Potable
VISTO:
Las atribuciones conferidas por el artículo 67º inciso 8 de la Ley 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, y la nota adjunta con rubricas de los solicitante; y
CONSIDERANDO:
Que resulta indiscutible la necesidad de contar con obras de infraestructura, para dotar de diferentes servicios públicos a las viviendas de nuestra localidad sobre todos aquellos que resultan ser imprescindibles para la vida en comunidad.
Que por otro lado resulta pública y notoria la necesidad que tiene muchos vecinos de esta ciudad de acceder a la red de agua potable para su vivienda, siendo éste elemento de vital necesidad, que no solo hace al confort sino la salud de la población.
Que esta búsqueda de soluciones debe considerar o tener presente la calidad de vida de los futuros residentes por lo que debe solicitarse antes cada urbanización, la factibilidad e infraestructura de servicios que pudiere realizarse.
Que atento a este; requerimiento de servicio; desde el estado municipal debemos considerar la realización de la extensión de la red de agua potable que garantice la prestación del servicio desde calle Moreno hasta Rondeau y desde 13 de caballería (este) hasta calle Independencia.
Atento a ello resulta imprescindible contar con los estudios técnicos a fin de evaluar la posibilidad técnica de la ampliación de la red, como así también las alternativas de costos y financiación.
Que fue tratado el Despacho de las Comisiones Administrativa y de Reglamentación y Hacienda, Presupuesto y Cuentas y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria del día 06 de Octubre de 2016 constando en Acta Nº17 del Concejo Deliberante;
Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente,
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE TOAY
RESUELVE
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Artículo Nº1: Solicitar al Departamento Ejecutivo, la realización en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días, de un Estudio de factibilidad técnica y financiera, que permita evaluar la ampliación de la red de agua potable entre las calles: Moreno hasta Rondeau y desde, 13 de caballería (este) hasta calle Independencia, de esta localidad.
Artículo Nº2: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial de Ordenanzas y Resoluciones cumplido: ARCHÍVESE.
Toay, La Pampa, 07 de Octubre de 2016
RESOLUCIÓN Nº 30/2016 - GESTIÓN 2015 - 2019