Proyecto de Ordenanza
VISTO:
La Ordenanza Nº 10/1996, la Ordenanza 18/2007 y las facultades otorgadas por la Ley Provincial Nº 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 10/1996 declaró de interés histórico un conjunto de inmuebles de nuestra ciudad, y constituye uno de los primeros pasos en post de la conservación del patrimonio cultural local;
Que por Ordenanza Nº 18/2007 este Municipio adhirió a la Ley Provincial Nº 2083 sancionada por la Cámara de Diputados de la provincia en el año 2007, la cual Declara de Interés Público Provincial la Conservación del Patrimonio Cultural
Que el Viejo Embarcadero, que se encuentra sobre la Avenida del Trabajo, vinculaba la actividad económica más relevante de nuestra zona como era la ganadería con el trasporte ferroviario que permitía su traslado hacia los mercados concentradores;
Que se trata de un lugar reconocido por la comunidad y representa todo un símbolo del desarrollo de aquellos años,
Que es necesario tomar las acciones que correspondan para su conservación;
Que es facultad de este Organismo el dictado de la presente.-
POR ELLO:
EL CONCEJAL NESTOR PEDRO ENCINAS
CONCEJAL DEL BLOQUE FREPAM
PROPONE EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA
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Artículo 1º: Declarar como Patrimonio Histórico Municipal al Viejo Embarcadero de la estación ferrocarril de nuestra ciudad, ubicado sobre la Av. del Trabajo entre las calles 3 de Febrero y Vigne.-
Artículo 2º:De forma.-
PROYECTO DE ORDENANZA