Acta Nº11-2017
En Toay, Provincia de La Pampa, siendo las veinte horas y quince minutos del día 08de Agostode 2017, reunidos en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante “Alicia Inés Acosta”, en Sesión Especial, con la presencia de los Señores Concejales, Vice-Presidente, Martín Eduardo DIEZ,Rodolfo José Álvarez, Alfredo Gilberto SCHANTON, Andrea Gabriela ARTEAGA, Yanina CASTRO ECHEVESTE,Horacio Miguel LÓPEZ, Gabriela Elizabeth CHAMORRO y Rodolfo Marcelo ZAPICO.
Punto uno: Se da inicio a la Sesión Especial con el izamiento de la Bandera Nacional, acto al que el Vice-Presidente invita a la Concejal Yanina Castro Echeveste, y a los demás concejales y público presente a ponerse de pie.
Punto dos:Se lee por Secretaría Nota N°188/2017 del Departamento Ejecutivo Municipal, ingresada por secretaría, el día 07 de Agosto de 2017, adjuntando Proyecto de Ordenanza con el objeto de tratar el tema de ocupación ilegítima de las tierras denominadas catastralmente como: Ejido 046 – Circ.I – Radio e – Manzanas 56 y 57. Se abre el espacio de consideración, pide la palabra el Concejal Alfredo Schanton y expresa que siendo un tema tan importante para la comunidad sugiere el tratamiento sobre tablas del Proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal. Se procede a votar el tratamiento sobre tablas y es aprobado por unanimidad. Seguidamente pide la palabra el Concejal Alfredo Schanton quien propone un cuarto intermedio, a los efectos de constituir Comisión, con la presencia del Señor Intendente Municipal Ariel Rojas, la Asesora legal del Ejecutivo Dra. Soledad Nieves y el Aseso legal del Concejo Deliberante Dr. Sebastián Mendiara, para proceder a realizar consideraciones y modificaciones del Proyecto de Ordenanza. Habiendo transcurridos 60 minutos, se reinicia la Sesión Especial. Se pone a consideración de los señores Concejales el Proyecto de Ordenanza con las siguientes modificaciones acordadas en comisión: 1 – Se unifican los considerandos 3 y 4 quedando redactado de la siguiente manera: “Que, de acuerdo al desarrollo y expansión territorial, en el año 2015 se le otorga al Municipio un cupo de 112 viviendas para el desarrollo urbanístico, disponiéndose su construcción en el lugar citado, por su ubicación y por presentar un espacio necesario para el progreso comunitario” 2 – considerando siete queda redactado: Que, la conducta desarrollada se encontraría tipificada en el Art. 181 del Código Penal de la Nación, constituyendo un accionar ilegal. 3 – Considerando 14 queda redactado de la siguiente manera: “ Que, también según se desprende de los trascendidos públicos aducen cuidar la ecología y la sustentabilidad del lugar, situación que no se traduce en los hechos” 4 – El considerando 24 queda redactado: “Que, tal informe, fue elevado al Tribunal interviniente para su conocimiento e incorporado al expediente legal en curso” 5 – el texto del Considerando 36 dice: Que, este plan de viviendas en su momento paralizado y obstaculizado, por este grupo de individuos, donde llama la atención el desinterés de la Justicia provocó un malestar social, que muchas veces tuvo que ser apaciguado por nosotros, las autoridades elegidas democráticamente, y que pudo bien alcanzar niveles sumamente repudiables y amedrentar el orden institucional”. 6 – El Artículo 1° queda redactado: “Expresar en representación del pueblo de Toay, al Tribunal de Audiencia de Juicio, que durante los días 16, 17 y 18 de Agosto resolverán la situación legal del grupo denominado Chakra Raíz y al Sr. Agente Fiscal; “nuestro absoluto rechazo, malestar y disconformidad por la presencia de estos individuos al margen de la ley, quienes irrumpieron en el lugar que no es de su propiedad, actuando en desmedro de la comunidad toda “. 7 – Artículo 2° queda redactado: Remítase la presente Ordenanza con el objeto de poner en conocimiento a las autoridades provinciales representadas por el Sr. Gobernador, jefe máximo del orden democrático de la Provincia de La Pampa, y al Sr Presidente del Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda, propietario de las tierras”. Se vota el Proyecto de Ordenanza con las modificaciones antedichas y es aprobado por unanimidad.
Siendo la hora 21.40 se da por finalizada la Sesión Especial del día 08 de Agosto de 2017.